miércoles, 23 de mayo de 2007

LA COOPERATIVA.
1. ¿Qué es la Cooperativa?
La cooperativa es una forma de organizar empresas con fines económicos y sociales, donde lo importante es trabajar en común para lograr un beneficio. Se diferencia de otro tipo de empresa en que es más importante el trabajo de los asociados que el dinero que aportan.

2. Tipos de Cooperativas
No obstante que pueden hacerse distintas clasificaciones de las cooperativas, es usual la que se hace con relación al objeto que desempeñan. Entre estas son mencionables las siguientes:
• Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción
• Cooperativa de consumo
• Cooperativa agraria
• Cooperativa de explotación comunitaria de la tierra
• Cooperativa de ahorro y crédito
• Cooperativa de servicios públicos
• Cooperativa de viviendas
• Cooperativa de serviciosAhora bien según la calidad de los asociados, en Colombia y en España, han cobrado alguna importancia las Administraciones Públicas Cooperativas, que son las integradas, aún cuando fuere parcialmente, por entidades públicas.

3. Para conformar una Cooperativa es necesario:

Paso 1:Retirar la planilla de reserva de denominación en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. Para seleccionar el nombre que llevará la cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada.

Paso 2:Luego de cinco (5) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.Esta constancia debe ser retirada en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. La reserva tiene una duración de 90 días.

Paso 3:Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se reúnen y redactan los Estatutos que establecerán entre otras: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC).

Paso 4:Una vez aprobados los Estatutos por los asociados, se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa.Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros Subalternos del país.

Paso 5:Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa.Nota:Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida autorización.

Paso 6:Retirar en un período de diez (10) días hábiles la constancia de inscripción de las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP


4. ¿Qué debo conocer para conformarme en Cooperativas?

- Es muy importante que antes de constituirse, las personas que quieran formarse en cooperativas estén conscientes de que estas asociaciones además de ser un instrumento de beneficio económico, son mecanismos de desarrollo social y cultural basados en la doctrina del cooperativismo, cuyo fundamento es la igualdad, equidad y solidaridad entre los miembros de estas asociaciones. Por lo tanto, en una cooperativa todos los asociados son sus propietarios, con igualdad de condiciones, derechos y deberes.

- La cooperativa, es el sujeto protagónico del desarrollo endógeno, ya que promueve la democracia y la libre participación de todos sus asociados por igual, cumpliendo con el ideal de esta revolución Bolivariana a nivel económico, político y social.
- El tiempo que se lleva conformar una cooperativa, depende del empeño y el tiempo de que dispongan las personas que la están formando. Sin embargo, la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, en su Capítulo II, "De la Constitución" determina la formalidad y trámite de la misma.
- Es vital que los ciudadanos interesados en agruparse en cooperativas se capaciten a nivel educativo, a través de los talleres de cooperativismos impartidos por la Dirección de Educación e Investigación de la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

- La ley permite a cualquier persona o grupo de personas conformar una cooperativa siempre y cuando la actividad desarrollada no esté en el marco de las empresas mercantiles.- Para conformar una cooperativa es necesario que se agrupen y se reúnan todas las personas que se han identificado con el proyecto. Asimismo, deben estar dispuestos a trabajar en ella, en su funcionamiento y en su administración.

- Para empezar a formalizar la cooperativa e iniciarse la puesta en marcha del borrador del proyecto y que determinará la viabilidad de la cooperativa, se sugiere escoger tres (3), cinco (5) o cualquier número impar de personas que gocen de más prestigio y confianza dentro del grupo para conformar el comité promotor que coordinará el plan de acción para formar la cooperativa.

- Antes de agruparse, se le sugiere a los asociados el diseño de un proyecto donde se establezca el plan de acción para la institucionalización de la cooperativa. También debe incluir un estudio que contemple la factibilidad, el control, las fechas de ejecución, objetivos, metodología, ambiente y entorno, necesidades y perfil de la demanda.

- La Asamblea Constitutiva es la primera reunión formal en la que se levantará el Acta Constitutiva y que debe contener la siguiente información:

1. Denominación, duración y domicilio.
2. Determinación del Objeto Social.
3. Régimen de responsabilidad: Limitado o Suplementado y sus alcances.
4. Condiciones de ingreso de los asociados. Sus derechos y obligaciones. Pérdida del carácter de asociado. Suspensiones y exclusiones.
5. Formas de organización de la cooperativa y normas para su funcionamiento, coordinación y control. Atribuciones reservadas a la reunión general de asociados o asamblea. Reglamentos internos y competencia para dictarlos.
6. Las normas para establecer la representación legal, judicial y extrajudicial.
7. Modalidades y toma de decisiones.
8. Formas de organización y normas con relación al trabajo en la cooperativa.
9. Formas y maneras de desarrollo de la actividad educativa. Funcionamiento de la o las instancias de coordinación educativa.
10. Régimen económico: organización de la actividad económica, mecanismos de capitalización y modalidades de instrumentos de aportación. Aportaciones mínimas por asociado, distribución de los excedentes y normas para la formación de reservas y fondos permanentes. Ejercicio económico.
11. Normas sobre la integración cooperativa.
12. Procedimientos para la reforma del estatuto.
13. Procedimiento para la transformación, fusión, escisión, segregación, disolución y liquidación.
14. Normas sobre el régimen disciplinario.

- En una cooperativa pueden participar todas las personas que se consideren convenientes. Sin embargo, para formarla la Ley exige un mínimo de cinco (5) personas.
- Los socios de una cooperativa deben reunir las siguientes condiciones:

• Motivación propia y libre de incorporarse a la cooperativa.
• Ser mayor de 18 años. En caso contrario, se requiere una autorización del representante legal, y el Ministerio de Trabajo, si se tienen más de 16 años.
• Estar en capacidad de recibir los servicios de la cooperativa.
• Tener la disposición a participar en las actividades operativas y administrativas de la cooperativa.
• Aceptar y cumplir los reglamentos y estatutos de la organización
• Acatar las decisiones debidamente aprobadas por la Asamblea General de Socios.- Son deberes y derechos, de los asociados, sin perjuicio de los demás que establezca la Ley y el estatuto de los siguientes:

1. Concurrir y participar en todas las decisiones que se tomen en las reuniones generales de asociados o asambleas y en las demás instancias: en el trabajo y otras actividades, sobre bases de igualdad.
2. Cumplir y hacer cumplir las obligaciones sociales y económicas propias de las cooperativas, las resoluciones de la reunión general de asociados o asamblea y las instancias de coordinación y control establecidas en el estatuto.

3. Ser elegidos y desempeñar cargos en todas las instancias. De igual forma, asumir las responsabilidades que se le encomienden dentro de los objetivos de la Cooperativa.

4. Utilizar los servicios en las condiciones establecidas.
5. Solicitar y obtener información de las instancias de coordinación y control, sobre la marcha de la cooperativa.

6. Participar en las decisiones sobre el destino de los excedentes.

7. Velar y exigir el cumplimiento de los derechos humanos en general y en especial, los derivados de la Seguridad Social y el establecimiento de condiciones humanas para el desarrollo del trabajo.

- Un socio puede retirarse temporal o definitivamente de manera voluntaria. También puede ser retirado si incumple sus deberes en la organización.
- Como reza el artículo 5 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas: "El Estado garantizará el libre desenvolvimiento y la autonomía de las cooperativas, así como el derecho de los trabajadores y trabajadoras, y de la comunidad de cooperativas para el desarrollo de cualquier tipo de actividad económica y social de carácter lícito, en condiciones de igualdad con las demás empresas, sean públicas o privadas".

- Todos los servicios para la conformación de las cooperativas son gratuitos. Desde la inscripción en el Registro Público del acta constitutiva, hasta el registro y expedición de copias de cualquier otro documento otorgado por la SUNACOOP, no tienen costo alguno.Las principales diferencias entre las sociedades mercantiles y las sociedades cooperativas son: El ABC de la Cooperativa


CAPITULO I LA COOPERATIVA
1. ¿Qué es una Cooperativa?

Es importante que comencemos definiendo que es una cooperativa, para que todos tengamos claro cuales son sus partes constitutivas y las funciones que estas desempeñan. De esta manera, podemos decir que las Cooperativas son entidades fundadas en el esfuerzo propio, la solidaridad y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios a sus asociados.En realidad la cooperativa es un ASOCIACIÓN de personas que se integran para satisfacer sus necesidades económicas, así como las de naturaleza cultural y social, mediante elESFUERZO PROPIO, la AYUDA MUTUA y la SOLIDARIDAD.Por todas estas cualidades, la cooperativa adquiere un rango distintivo por sobre el resto de las entidades jurídicas, lo distintivo de éste tipo de entidades es su contenido DOCTRINARIO, profundamente HUMANISTA, PARTICIPATIVO Y DEMOCRÁTICO. En definitiva y por sobre todas las cosas, es una entidad SIN FINES DE LUCRO.

2. ¿Cuáles son las Aspectos Doctrinales?
Cuando hablamos de aspectos doctrinales, lo hacemos pensando en los puntos básicos de la filosofía y la doctrina cooperativa, que debería cimentar éste tipo de empresas.A estos aspectos doctrinales bien lo podríamos denominar el “Espíritu de la Cooperativa”, ya que se encuentran plasmados en una completa y compleja doctrina que se viene desarrollando desde los comienzos de la experiencia cooperativa, mediados del siglo XIX.Los puntos centrales que puntualizaremos son esencia, valores y finalidad:

- Esencia: Está dada por la unión de los asociados, que equivale a asociación, el esfuerzo propio de cada uno de los asociados que en la compañía implica ayuda mutua y solidaria, constituyendo las bases orgánicas - administrativas del sistema.

- Valores: Son base y causa de las particularidades en los aspectos sociales y económicos. La libertad es posibilidad de elección, de acto voluntario y de realización. Se desarrolla la solidaridad en el esfuerzo por la propia superación y en la mutua colaboración. De esta manera, se humaniza la justicia a través de la equidad, llevada a la práctica en la distribución proporcional al esfuerzo realizado.

- Finalidad: El propósito inmediato de toda Cooperativa es satisfacer necesidades. Desde esta finalidad se mejora la calidad de vida de sus Asociados y se dignifica al hombre.

5. ¿Cuáles son las características de las Cooperativas?
El tema que desarrollaremos a continuación debe ser tenido muy en cuenta por cada uno de nosotros. Las siguientes características tienen la virtud de ser generales y universales para todo tipo de cooperativas.

• Tienen capital variable y duración ilimitada.
• No ponen límite estatutario al número de asociados, ni al capital.
• Conceden un sólo voto a cada asociado, cualquiera sea el número de sus Cuotas Socialesy no otorgan ventajas ni privilegio alguno a los iniciadores, fundadores y consejeros, ni preferencia a parte alguna del capital.
• Reconocen, un interés limitado a las Cuotas Sociales si el Estatuto autoriza aplicarExcedentes a alguna retribución al capital.
• Deben contar con un número mínimo de diez (10) asociados, salvo las excepciones que expresamente admitirá la Autoridad de Aplicación y lo previsto para las cooperativas de grado superior.
• Distribuyen Excedentes en proporción al uso de los servicios sociales, de conformidad con las disposiciones de la Ley 20337, sin perjuicio de lo establecido por el Artículo Nº 42 para las Cooperativas o Secciones de Crédito.
• No tiene como fin principal, ni accesorio la propaganda de ideas políticas, religiosas, de nacionalidad, región o raza, ni imponen condiciones de admisión vinculados con ellas.
• Fomentan la educación cooperativa.
• Prevén la integración cooperativa.
• Prestan servicios a sus asociados y no asociados en las condiciones que para éste último caso establezca la Autoridad de Aplicación y con sujeción a lo dispuesto en el último párrafo del Art. 42 (Ley 20.337).
• Limitan la responsabilidad de los asociados al monto de las Cuotas Sociales suscriptas.
• Establecen que no se pueden repartir las Reservas Sociales y el destino desinteresado del sobrante patrimonial en caso de liquidación.

6. ¿Cómo está organizada una Cooperativa?
Una cooperativa para cumplir con los objetivos para la cual fue formada debe organizarse internamente con el fin de que cada uno de los asociados posean funciones y roles que cumplir.La cooperativa se organiza mediante la conformación de tres “órganos”: ASAMBLEA, CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN y SINDICATURA.

LA ASAMBLEA: Es el órgano máximo y soberano. Se forma por la reunión de todos los asociados y es la encargada de delimitar las políticas y estrategia a desarrollar el los marcos generales. Aquí se expresa la voluntad de todos y cada uno de los asociados, decidiéndose democráticamente el rumbo a seguir. Por supuesto la asamblea es soberana, siempre y cuando las decisiones que tome se encuentren dentro de las leyes y reglamentaciones vigentes.
El CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: Es un grupo de personas designadas por la asamblea para ejecutar y operativizar efectivamente lo dispuesto por ella. O sea es el órgano encargado de la ejecución y administración de la cooperativa. Este Consejo deAdministración rinde cuentas de su accionar en forma anual ante la asamblea general ordinaria, mediante el tratamiento del “balance” o ejercicio económico anual, entre otra documentación contable y social.


LA SINDICATURA: Es el órgano de fiscalización privada de la cooperativa. El o los síndicos son personas designadas por la asamblea para verificar que el consejo de administración cumpla con la ley, el estatuto, los reglamentos y lo dispuesto por la asamblea. O sea es el órgano que controla el accionar del consejo de administración. Anualmente rinde cuenta ante la asamblea general ordinaria que lo eligió, mediante un informe.A continuación realizamos un gráfico de los explicados anteriormente8.

¿Cuáles son los pasos a seguir para formar una Cooperativa?
• 1º Paso: Se conforma un grupo, con un mínimo de 10 personas.ASAMBLEACONSEJO DEADMINISTRACIÓNDesigna para que ejecute y administre a SINDICATURADesignado por laPara que controle el accionar
• 2º Paso: El grupo debate las necesidades que los unen, los recursos que disponen, los tiempos que poseen, etc. Luego buscan asesoramiento.
• 3º Paso: Si lo creen conveniente concurren a la U.C.P. de Cooperativas. Allí encontrarán asesoramiento y accederán al curso de capacitación.
• 4º Paso: Toman el curso de capacitación. A continuación y con todos los elementos y herramientas obtenidas, el grupo decide sobre si es conveniente o no conformar una entidad cooperativa. En caso que la respuesta sea positiva, se pasa al paso siguiente.
• 5º Paso: Se elabora el ESTATUTO SOCIAL y una vez concluido se realiza laASAMBLEA CONSTITUTIVA.
• 6º Paso: Se presenta la documentación para tramitar la Autorización para Funcionar, ante la U.C.P. de Cooperativas. Esta verifica que todo esté correcto y ajustado a laLegislación vigente. En caso positivo emite la Resolución de Autorización paraFuncionar, dando existencia a la nueva cooperativa.

¿Cómo se ingresa a una Cooperativa?
Toda persona que quiera asociarse a una cooperativa, deberá presentar una solicitud por escrito ante el Consejo de Administración, prometiendo cumplir las disposiciones del Estatuto, de los Reglamentos que en su consecuencia se dicten, y a suscribir e integrar las cuotas sociales fijadas estatutariamente.En el Anexo I se adjunta un modelo sugerido de solicitud de ingreso y un modelo de resolución del tratamiento de la solicitud.

Diferencias entre una Cooperativa de Ahorro y un BancoCooperativa de Ahorro

1. Es de los asociados.
2. Las ganancias que genera se distribuyen entre los asociados.
3. Conceden préstamos a los asociados que lo requieran.
4. Otorgan préstamos a intereses bajos.

1. Es de un grupo de personas que aportan el capitava.
2. Las ganancias que genera el banco se distribuyen entre los accionistas.
3. Conceden préstamos a quienes normalmente ya tienen dinero, exigen que el solicitante tenga bienes de fortuna para cederlos como garantía.
4. Otorgan préstamos con intereses altos.

Las Cooperativas de Consumo
Presentan dos formas básicas para la consecución de sus metas. La primera, consiste en aprovechar los descuentos compras al mayor y vender los productos a sus miembros a los costos de adquisición aumentando solo en una pequeña porción para cubrir los gastos generales de operación. En este caso, el cooperador tiene el beneficio inmediato de adquirir sus productos más baratos. Esta fórmula consigue el objetivo de aumentar indirectamente el salario de los asociados. Sin embargo, se enfrenta a una fuerte oposición de los intermediarios y comerciantes que, frecuentemente, diseñan estrategias de saboteo y boicoteo a estas cooperativas. La otra manera de funcionamiento de las Cooperativas de Consumo, es vender los productos a los precios corrientes en el mercado y distribuir las ganancias entre sus socios de acuerdo a la proporción de compras que ha realizado cada socio.Las áreas en las que pueden desarrollarse cooperativas de consumo son bastante amplias. Entre ellas tenemos: alimentaría, farmacéutica, vestidos, muebles, de vivienda y, en general, todos aquellos bienes que pueden ser adquiridos en mejores condiciones para el consumidor.En las cooperativas de consumo el objetivo básico se fundamenta en anteponer el interés del consumidor, al del comerciante y el intermediario. Esto lejos de ser censurable, es altamente honorable pues el comercio es para servir a los consumidores, no para enriquecer a los intermediarios.Por otro lado, las Cooperativas de Servicios son empresas que se organizan entre los asociados para ofrecer entre sus integrantes una serie de servicios cubriendo los costos y donde la ganancia se revertirá entre sus afiliados en la proporción en la que utilizaron esos servicios.En este grupo, de las cooperativas de servicios, se ubican las Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Estas se conforman con un grupo de personas que pueden pertenecer a una misma comunidad, empresa, etc., que se organizan para ahorrar periódicamente, creándose así un crédito mutuo, al cual tienen la posibilidad de acceder para solicitar préstamos sobre sus ahorros. En ellas, se cobran interese bajos y se eliminan los altos costos de la usura en los créditos otorgados por los bancos comerciales. Estas normalmente se conocen como Caja de Ahorros, Banco Cooperativo, entre otros.

Las Cooperativas Mixtas
Persiguen dos objetivos a saber: la producción de bienes y servicios para terceros y la obtención de bienes y servicios para sus asociados. Las Cooperativas Mixtas deben su nombre a la posibilidad de tener, al mismo tiempo, dos o más de los perfiles que se han descrito anteriormente.

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